Es a los Estados y gobiernos a quienes les asiste la obligación y el deber de promover, respetar y brindar las garantías necesarias para que las organizaciones y líderes sociales puedan realizar sus actividades sin discriminaciones y ambientes hostiles que atenten contra su trabajo en la defensa de los DD.HH.
Las respuestas institucionales frente a situaciones de riesgo y amenazas que atentan contra las comunidades llegan tarde o la mayoría de las veces son nulas, situación ésta que ha llevado a que las propias organizaciones sociales gestionen medidas y mecanismos de autoprotección que les sean útiles. Algunas de estas estrategias de protección apelan a los saberes ancestrales y culturales, aspectos que contribuyen a la comprensión colectiva de los riesgos y qué hacer frente a ellos.
Riesgo Situación de peligro en que se encuentra expuesta una o varias personas, las comunidades y organizaciones en un determinado momento y lugar, por la presencia de una o varias amenazas, cuyo grado de afectación estará determinado por el nivel de vulnerabilidad y las capacidades con que se cuente para hacerle frente.
Se plantea la siguiente ecuación para medir el nivel de riesgo:
Prevención :Preparación y disposición anticipadas para evitar un riesgo o disminuir sus efectos.
Protección :Acción que se desarrolla para resguardarse o ampararse, favorecerse o defenderse frente a un riesgo; protección no es lo mismo que seguridad.
Autoprotección :Acciones y medidas tomadas por las organizaciones y sus miembros que buscan disminuir los niveles de vulnerabilidad de la organización misma y que se encaminan a evitar acciones contra la vida, integridad y libertad de aquellos.
Contingencia :Cualidad de aquellas situaciones o eventos específicos que se pueden prever algunas veces, pero que pueden ocurrir espontáneamente y de forma imprevista.
Amenaza :Factor de peligro que implica la posibilidad de sufrir daño o cuyas manifestaciones pueden afectar a una persona o una comunidad en determinado momento y lugar.
Vulnerabilidad :Nivel de susceptibilidad de las personas a experimentar pérdidas, daños, sufrimientos o muerte, en caso de producirse un contexto o situación determinados.
Capacidad :Disponibilidad de recursos, aptitudes, conocimientos y cualidades que tienen los individuos, las comunidades y las organizaciones para anticiparse, resistir, atender y/o recuperarse de los efectos producidos por una amenaza o un hecho siniestro.
Para dicho diagnóstico, que establece una verdadera conciencia del riesgo, es necesario dotarse de un marco de análisis e interpretación, con herramientas teóricas, jurídicas y técnicas. Ya hemos abordado unos conceptos básicos y un contexto jurídico para comprender el riesgo y su impacto diferenciado según los sectores, comunidades y poblaciones que lo sufren.
La conciencia del riesgo se expresa en tres aspectos:
La tipología de los riesgos tiene un desarrollo importante por parte de la Corte Constitucional. En varias sentencias (T-719 de 2003, T-976 de 2004, T-339 de 2010), la Corte ha establecido y reiterado una escala de riesgos, que se compone de los siguientes cinco niveles:
Ocupa este nivel quien vive en condiciones tales que los riesgos a los que se enfrenta son únicamente los de muerte y enfermedad naturales. Nadie se ubica únicamente en este nivel porque todas las personas están insertas en un contexto social determinado.
A diferencia de los riesgos mínimos, que son de índole individual y biológica, los riesgos ordinarios son los que deben tolerar las personas por su pertenencia a una determinada sociedad. Pueden provenir de factores externos a la persona o de la persona misma.
Este es el nivel que las personas no están jurídicamente obligadas a soportar, por lo cual tienen derecho a recibir protección especial de las autoridades frente a ellos. El riesgo en cuestión no puede ser de una intensidad tan baja como para contarse entre los peligros ordinarios, pero tampoco puede ser de una intensidad tan alta como para constituir un riesgo extremo, es decir, una amenaza directa contra la vida e integridad personal.
Según la Corte, el riesgo extraordinario debe tener ciertas características.
Este es el nivel de los riesgos que, por su intensidad, entran bajo la órbita de protección directa de los derechos a la vida e integridad personal. Cuando los riesgos puestos en conocimiento de las autoridades reúnen todas las características señaladas –esto es, cuando son específicos, individualizables, concretos, presentes, importantes, serios, claros y discernibles, excepcionales y desproporcionados- la vida y la integridad personal estarían amenazadas.
Este es el nivel de las violaciones a los derechos, no ya de los riesgos. En tales circunstancias, lo que procede no son medidas preventivas, sino de otro orden, en especial sancionatorias y reparatorias.
Existen varias expresiones de las amenazas a líderes y lideresas sociales y personas defensoras de DD.HH. Aquí enunciaremos algunas de las más frecuentes.
Nuevamente se plantea la siguiente ecuación para medir el nivel de riesgo, conocida como Matriz de Riesgo:
Amenazas
Vulnerabilidades
Capacidades
Nivel de riesgo :
Amenaza: Factor de peligro que implica la posibilidad de sufrir daño o cuyas manifestaciones pueden afectar a una persona o una comunidad en determinado momento y lugar. Las amenazas pueden ser de origen natural o ser generadas por la actividad humana.
Vulnerabilidad: Nivel de susceptibilidad de las personas a experimentar pérdidas, daños, sufrimientos o muerte, en caso de producirse un contexto o situación determinados.
Capacidad: Disponibilidad de recursos, aptitudes, conocimientos y cualidades que tienen los individuos, las comunidades y las organizaciones para anticiparse, resistir, atender y/o recuperarse de los efectos producidos por una amenaza o un hecho siniestro.
La cartografía social se preocupa por desarrollar una pedagogía del espacio habitado. Este cometido se realiza por medio de una construcción simbólica del territorio (entendido éste tanto por el espacio como por las relaciones que interactúan en y sobre él). Desde este punto de vista, es posible abrir perspectivas para una mejor comprensión de la realidad territorial, de cómo vivimos el territorio que habitamos y como construimos el futuro territorio que deseamos.
Desde la anterior perspectiva, el éxito de la cartografía social depende del grado de identificación y compromiso de las comunidades; para que sean los mismos pobladores quienes evalúen y reconstruyan un conocimiento integral de su territorio, abriendo las posibilidades para acordar una mejor manera de diálogo entre ellos y con las poblaciones que los circundan.
La cartografía social es un proceso de investigación participativa en la medida que la comunidad es agente central del proceso de conocimiento. En este orden de ideas la comunidad aporta sus saberes y experiencias al tiempo que recibe de los demás. La participación, en este contexto, se entiende como un proceso permanente de construcción social alrededor de conocimientos, experiencias y propuestas de transformación o mitigación de situaciones de conflictos latentes o manifiestos.