Ciento veintidós historias, no ciento veintidós números.

El Sistema de Información sobre Agresiones contra Personas Defensoras de Derechos Humanos (SIADDHH) del Programa Somos Defensores registró 122 hechos de desaparición forzada contra personas defensoras de derechos humanos en Colombia entre 2016 y 2024.

¿Quién los desapareció? Los autores desconocidos encabezan la lista, con 73 casos -un dato que, de entrada, dice mucho sobre la impunidad que rodea este delito-. Le siguen los grupos post – acuerdo de Paz de 2016, con 27 casos; los grupos paramilitares, con 9; el Ejército de Liberación Nacional – ELN -, con 7; la fuerza pública, con 3; y, las alianzas criminales y autores individuales, con un caso cada uno.

De los 122 casos, 97 fueron contra hombres y 25 contra mujeres, una de ellas mujer trans. En varios de estos crímenes, la desaparición estuvo acompañada de violencia sexual. Sus cuerpos fueron convertidos en botín de guerra.

Geográficamente, este crimen no se reparte igual. Cauca concentra 30 casos -prácticamente uno de cada cuatro-. Le sigue Antioquia, con 15. Y después, casi a la par, Valle del Cauca, Nariño, Norte de Santander y Guaviare, con 10 cada uno.

¿Y a quiénes se llevan? Sobre todo, a líderes y lideresas comunales: 30 casos. Le siguen los liderazgos indígenas, con 22; los comunitarios, con 21; los campesinos, con 16; los afrodescendientes, con 11. Las defensoras de derechos de las mujeres, los liderazgos sindicales y los de víctimas suman 5 casos cada uno. Cierran la lista los activistas de derechos humanos (3), los liderazgos ambientales (2), el liderazgo LGBTQ+ (1) y el estudiantil (1).

De esas 122 personas, 62 fueron encontradas sin vida. 33 regresaron con vida. 24 siguen desaparecidas, y en 3 casos, simplemente, no se volvió a saber nada.

La dimensión de la desaparición forzada en Colombia.

Según la UBPD, hay 137.000 registros de personas desaparecidas entre 1985 y 2016. Si se tiene en cuenta el subregistro, algo que organizaciones sociales y la propia Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad han señalado con insistencia-, la cifra real podría llegar a las 210.000 víctimas.

Por eso, cuando hablamos de personas defensoras desaparecidas, no hablamos de una anomalía dentro del conflicto armado colombiano. Hablamos de una práctica sistemática, con un objetivo bastante claro detrás: silenciar. Apagar la voz de quien denuncia, de quien organiza, de quien defiende un territorio o los derechos de su comunidad.

Lo que dice la justicia, y por qué importa.

En 1998, la Corte Constitucional advirtió, en la Sentencia T-590, que el Estado colombiano estaba fallando en proteger a quienes defendían los derechos humanos en el país. Fue la primera vez que un alto tribunal reconoció el problema de fondo.

Dos años después llegó la Ley 589 de 2000, que tipificó la desaparición forzada como delito autónomo y creó la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas. Antes de esa ley, quien desaparecía a alguien respondía, en el mejor de los casos, por secuestro.

Después llegó el Acuerdo de Paz de 2016 y, con él, el Decreto Ley 589 de 2017, que creó la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas como entidad humanitaria y extrajudicial. Su tarea no es castigar a nadie -para eso están otras instituciones-. Su tarea es buscar, encontrar, y devolver de manera digna el cuerpo a sus familias.

En diciembre de 2023, la Corte Constitucional volvió a pronunciarse, esta vez en la Sentencia SU-546. Y lo hizo con una fuerza contundente: declaró un nuevo Estado de Cosas Inconstitucional por la violación sistemática de los derechos de líderes, lideresas y personas defensoras. Reconoció, por primera vez, el derecho a defender derechos, con al menos cuatro dimensiones: la seguridad personal, el debido proceso frente a la Unidad Nacional de Protección, la libertad de ejercer el liderazgo sin miedo, y el acceso a una justicia que de verdad funcione.

En junio de 2024 llegó la Ley 2364, conocida como la Ley de Mujeres Buscadoras. La cual reconoce, de forma integral y por primera vez, la labor de las mujeres que dedican años -a veces toda una vida- a buscar a sus seres queridos desaparecidos, y las protege como lo que realmente son: constructoras de paz y defensoras de derechos humanos. Porque buscar, en Colombia, también es un acto de defensa de derechos. Y también, lastimosamente, un acto de riesgo.

El llamado desde Somos Defensores.

Desde el Programa Somos Defensores insistimos en algo que hemos repetido en nuestros informes: la protección que hoy ofrece el Estado colombiano sigue siendo, en su mayoría, reactiva. Llega después de la amenaza. Después del atentado. A veces, después de la desaparición misma. Y lo que se necesita, es un enfoque preventivo, con perspectiva étnica, de género, y territorial, y con la voluntad política real de implementar todo lo que ya ordenó la Corte Constitucional en la Sentencia SU-546 de 2023.

Insistimos a la sociedad que no se nos olviden sus nombres. Que cada una de las 122 personas de este registro dejen de ser una cifra porque son alguien que un día decidió defender a sus comunidades, la tierra, el agua, el territorio, la vida, defender los derechos, y que por eso pagó un precio que nadie debería tener que pagar.

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Author: Comunicaciones